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Boletín Fiscal Diario de 12 de Septiembre de 2025

viernes, 12 de septiembre de 2025
Boletín Fiscal Diario
En el Boletín Fiscal Diario de 12 de Septiembre de 2025


Diario Oficial de la UE

 

FECHAS

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓ SOBRE SOSTENIBILIDAD. P10_TA(2025)0064 — Modificación de las Directivas (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida por parte de las empresas — Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 3 de abril de 2025, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información corporativa y de diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (COM(2025)0080 - C10-0038/2025 - 2025/0044(COD)) (Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura).
 




Consultas de la DGT

 


ADMINISTRADOR ÚNICO

IRPF. DIETAS DE MANUTENCIÓN. La DGT sigue negando la exención fiscal por dietas de manutención al administrador único con control total de la sociedad.
 

REBUS SIC STANTIBUS

IVA/IRPF. ARRENDAMIENTO DE LOCAL. La DGT aclara el tratamiento fiscal de las devoluciones por aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.
 

BECAS PARA PREPARAR OPOSICIONES

IRPF. EXENCIÓN. La DGT niega la exención del art. 7.j) LIRPF a las becas para preparar oposiciones y recuerda que los gastos de preparación no están entre los deducibles de rendimientos del trabajo.
 

COBRO DURANTE EL CONCURSO

IVA. MODIFICACIÓN DE LA BI. La DGT responde a una procuradora que tras un impago de un cliente había modificado la BI expidiendo facturas rectificativas y con posterioridad la administración concursal satisface íntegramente a la consultante el importe reconocido. ¿Debe volver a modificar la Base Imponible?.
 

Sentencia
 

RETENCIÓN SOBRE DIVIDENDOS

IRNR. IMPROCEDENCIA DE GRAVAMEN.  La AN estima que el gravamen a los No residentes por la percepción de dividendos no procede si durante el ejercicio obtienen estos contribuyentes pérdidas a nivel global.
 

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