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Mini Boletín Fiscal de 20 de noviembre de 2025

dijous, 20 / novembre / 2025
Butlletí Fiscal Diari

Boletines Oficiales


Unión Europea
Decisión (UE) 2025/2325 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional.
Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo al intercambio automático de información sobre cuentas financieras para mejorar el cumplimiento fiscal internacional.

Consultas DGT


DONACIÓN DE PARTICIPACIONES
ISD. REDUCCIÓN EMPRESA FAMILIAR. La DGT deniega la reducción del 95 % en el ISD cuando la donación de participaciones proviene de una sociedad mercantil.
La Dirección General de Tributos recuerda que la reducción del artículo 20.6 de la LISD sólo se aplica a donaciones realizadas por personas físicas, no por entidades jurídicas.

CONYUGE DEL ADMINISTRADOR
IP. REQUISITO DEL EMPLEADO. El cónyuge del administrador como empleado en el alquiler de inmuebles no impide la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
La DGT permite considerar cumplido el requisito de actividad económica aunque el trabajador esté encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos, siempre que exista una dedicación real y a jornada completa.

Resolución del TEAC


REDUCCIONES
ISD. DESCENDIENTE POR AFINIDAD. El TEAR de Madrid reconoce la reducción del 95% por vivienda habitual a la hija por afinidad, pero limita la reducción por parentesco al Grupo III.

Autos TS


EXENCIÓN
IP. El Supremo decidirá si se mantiene la exención del Impuesto sobre el Patrimonio tras una fusión que reduce la participación por debajo del 5%
ÚLTIMO BALANCE APROBADO
IP. El Supremo aclarará qué balance usar para valorar participaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Actualidad del TC


CRITERIO DE REPARTO
IMPUESTO SOBRE EL MARGEN DE INTERESES.
El Pleno del TC desestima por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el gobierno de Extremadura contra el criterio de reparto del impuesto sobre el margen de intereses de determinadas entidades financieras.

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