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Nota bonificación por maternidad

dijous, 2 / novembre / 2023
Flaix Legal

El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, introdujo un cambio muy relevante respecto a las bonificaciones de ciertos colectivos.

Las personas trabajadoras que estuvieran en las siguientes situaciones:

  • Baja por riesgo de embarazo
  • Baja por riesgo de lactancia natural
  • Baja por nacimiento y cuidado de un menor

Hasta el 31 de agosto de 2023 se les aplicaba una bonificación del 100% de las cuotas de Seguridad Social, en el supuesto que sean sustituidas por otra persona trabajadora durante el período de baja. Ambas personas trabajadoras se les aplica una bonificación del 100% de las cuotas.

A partir del 1 de septiembre, se modificaron los requisitos y condiciones para la aplicación de estas bonificaciones:

  • Únicamente se aplicará la bonificación si se contrata a personas jóvenes desempleadas menores de 30 años, para sustituir a las personas trabajadoras en las situaciones de baja indicadas.
  • La bonificación será en cualquier caso de un importe fijo de 366€/mes, tanto para la persona que esté en la situación de baja como la persona trabajadora que la sustituye, por el período en que se superponga el contrato de sustitución con la respectiva prestación.

Desde Audiconsultores ETL GLOBAL quedamos a su entera disposición para cualquier duda o aclaración al respecto.

 

 

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