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IRPF- No existe tributación en el IRPF de un socio único de dos sociedades vinculadas que se condonan un préstamo

martes, 20 de diciembre de 2022
Flash Fiscal

La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V1701-22, de 15 de julio de 2022, ha entendido que, con carácter general, la condonación de un préstamo realizado por una sociedad a favor de otra no produce efectos en el IRPF de los socios personas físicas de una y otra sociedad, al ser los socios ajenos al préstamo efectuado entre las dos sociedades.

Ahora bien, la DGT aclara que esta condonación podrá tener la naturaleza de contraprestación a favor de los socios por entregas de bienes o prestaciones de servicios, o en aquellos casos en los cuales la condonación es un instrumento indirecto para la realización de trasvases patrimoniales entre los socios con distinta participación en una y otra sociedad.

 

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