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IS – Reserva de capitalización: Los defectos formales no pueden traer como consecuencia la pérdida de este beneficio fiscal

jueves, 27 de junio de 2024
Flash Fiscal

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), en su sentencia de 29 de enero de 2024, ha analizado un supuesto en que la empresa, al aprobar (dentro de plazo) las cuentas de 2015 dotó la reserva de capitalización, pero al cumplimentar el Modelo 200 se agruparon todas las reservas especiales (incluida la de capitalización) en la Casilla «otras reservas» (0193), dejando, por error, sin contenido, la Casilla de «reservas de capital» (01001).

En este caso, el TSJC considera que los defectos formales no pueden traer como consecuencia la pérdida de un beneficio fiscal o de un derecho inserto en la relación jurídico-tributaria si, en cualquier caso, mediante su subsanación o por otro expediente se comprueba la realidad a cuya acreditación o reflejo se enderezan aquellas exigencias adjetivas.

Accede a la sentencia al completo  AQUÍ

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