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Requerimientos a entidades no residentes en España

jueves, 2 de mayo de 2024
Flash Fiscal

En la resolución de 22 de febrero de 2024 el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha considerado que la Administración tributaria española carece de competencia para efectuar un requerimiento individualizado de información a una entidad no establecida en España, que no tiene ningún vínculo o criterio de conexión con el territorio español determinante de la existencia de una relación jurídico-tributaria, por lo que no está sujeta al ordenamiento jurídico interno. En estas circunstancias, la obtención de información debe canalizarse a través de los instrumentos de asistencia mutua relativos al intercambio de información.

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