En el Boletín Fiscal Diario de 03 de Julio de 2025
Boletines Oficiales
Gipuzkoa
ITPAJD. MODELOS
Orden Foral 298/2025, de 27 de junio, por la que se modifican determinados aspectos de la presentación de los modelos 60-A, 60-T, 60-S, 670, 671 y 672.
Consultas DGT
DERECHOS DE CRÉDITO
ISD. HERENCIA. La DGT establece que los derechos de crédito derivados de ejecuciones hipotecarias y concursos deben valorarse a fecha de fallecimiento e integrarse en la declaración del impuesto, con independencia de su cobro efectivo.
El valor a declarar será su valor de mercado en la fecha de fallecimiento, entendido como el precio probable de venta entre partes independientes.
TRAYECTO COLEGIO MAYOR-UNIVERSIDAD
IVA. SERVICIO DE AUTOBÚS. El servicio de autobús ofrecido por un Colegio Mayor a sus residentes constituye una prestación independiente del alojamiento y manutención a efectos del IVA
La DGT determina la obligación de repercutir IVA al transporte contratado y reconoce el derecho a deducir las cuotas soportadas por su prestación.
Auto del TS
CUESTIÓN CONTROVERTIDA
IS. DETERIORO DEL VALOR. El TS deberá pronunciarse en relación al régimen previo de deducibilidad del deterioro de las participaciones en otras entidades y su incidencia en el valor fiscal de las mismas en relación al anterior artículo 12.3 de la LIS.
El Tribunal Supremo revisará si el deterioro fiscal de participaciones debe computarse solo por las deducciones efectivas o también por las potenciales.
Sentencia
DECLARACIÓN EXPRESA
LGT. CADUCIDAD. La falta de declaración expresa de caducidad invalida el inicio de una inspección tributaria sobre el mismo periodo
La falta de declaración expresa de caducidad de un procedimiento de comprobación limitada, relativo a un determinado concepto tributario y período impositivo determina la invalidez del inicio de un ulterior procedimiento de inspección respecto de los mismos.
Monográfico Novedades IS 2024 (II de VI)
BINs.
IS. Reversión de las pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades que resultaron deducibles en la BI del impuesto en los períodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2013.