Desde el 14 de noviembre de 2025, las personas empleadoras de trabajadoras de servicio doméstico deben realizar la evaluación de riesgos laborales del puesto de trabajo.
El Real Decreto 893/2024 obliga a evaluar los riesgos que puedan afectar al personal del hogar y a adoptar las medidas preventivas necesarias. Además, equipara estas obligaciones a las de cualquier empleador: proporcionar equipos de trabajo y de protección individual adecuados, e informar y formar a la persona trabajadora sobre los riesgos del puesto.
La persona empleadora puede cumplir esta obligación asumiendo la actividad preventiva, designando a otra persona o contratando un servicio de prevención ajeno.
El Ministerio de Trabajo ofrece una herramienta gratuita, Prevencion10.es, a través del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para poder cumplir con dicha obligación si no se acoge a contratar un servicio de prevención externo.
ALLYON ETL queda a vuestra disposición para aclarar cualquier duda.