La obligación de documentar las operaciones realizadas entre entidades vinculadas, regulada por el artículo 18 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, así como por su Reglamento, considera que dicha documentación debe estar a disposición de la Administración Tributaria antes de que finalice el plazo voluntario de presentación del Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200). Para los ejercicios fiscales que coinciden con el año natural, la fecha límite es el 25 de julio.
Es importante tener en cuenta que la falta de presentación, o la presentación incompleta o incorrecta de esta documentación, puede dar lugar a sanciones económicas, incluyendo multas fijas por cada dato omitido, inexacto o falso.
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