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Plazos de prescripción

dimarts, 19 de octubre de 2021
Flash Fiscal

De acuerdo con la DF 3ª de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención del fraude, la suspensión (durante 74 o 78 días, criterio todavía dudoso) de los plazos de prescripción regulada en el Real Decreto-ley 11/2020 de medidas contra el COVID-19 “solo resultará aplicable a aquellos plazos que, sin tener en cuenta la misma, finalicen antes del día 1 de julio de 2021”.

Ello significa, en relación con los principales impuestos, que los ejercicios que pueden ser afectados por esta suspensión (y, por tanto, con una ampliación de plazo de prescripción en los mencionados 74 o 78 días) son:

  • IRPF: 2016.
  • IVA declaración trimestral: 1er trimestre de 2017.
  • IVA declaración mensual: Mayo de 2017.
  • Impuesto sobre Sociedades: Ejercicio 2015.

En las FAQs publicadas en la web de la AEAT se confirma este criterio.

 

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