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IS – Aplicación de deducciones con origen en ejercicios previos

dijous, 7 de juliol de 2022
Flash Fiscal

Recientemente la Dirección General de Tributos ha aprobado dos consultas vinculantes, ambas de fecha 24 de junio de 2022, (V1510-22 y V1511-22) que suponen un cambio en el criterio que venía manteniendo hasta ahora en relación con la aplicación, en ejercicios posteriores, de deducciones generadas en ejercicios previos y que no hubieran sido consignadas en las declaraciones de IS de su ejercicio de origen.

Hasta ahora, la DGT había permitido alternativamente (i) la consignación de estas deducciones en las declaraciones de IS de ejercicios posteriores, sin limitar la posibilidad de acreditar deducciones de ejercicios prescritos o (ii) la rectificación de la declaración de IS del ejercicio de origen, para su aplicación.

Ahora bien, con el cambio de criterio señalado no será posible la aplicación en ejercicios posteriores, de deducciones generadas en ejercicios previos y que no se hayan consignado en la declaración de IS del ejercicio de su generación. Para que ello sea posible deberá instarse la rectificación de la declaración de IS del ejercicio de generación de dichas deducciones, procedimiento que sólo será viable si dicho ejercicio no está prescrito a la fecha de presentación de la solicitud de rectificación.

 

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