Insights ←

Mini Boletín Fiscal de 14 de septiembre de 2026

lunes, 14 / septiembre / 2026
Boletín Fiscal Diario

Actualidad del Congreso de los Diputados
IVA. VIVIENDA. El Congreso insta al Gobierno a derogar la Ley por el Derecho a la Vivienda, a reformar la Ley del Suelo y a rebajar al 4 por ciento el IVA de compra de la primera vivienda.
 

Consultas de la DGT
EXENCIÓN EN EL IVA EXIGE SU DESTINO COMO VIVIENDA
IVA. ALQUILER DE LOCAL PARA USO PARTICULAR. El arrendamiento de un local para uso personal: la exención del IVA exige su destino efectivo y exclusivo como vivienda.
La DGT concluye en la consulta V5199-26 que el alquiler a una persona física está sujeto y no exento de IVA cuando el inmueble no se destina exclusivamente a vivienda, aunque el arrendatario lo utilice para fines personales y no desarrolle en él una actividad económica.
VENTA DEL 100% DE LAS PARTICIPACIONES
IVA.NO SUJECIÓN AL IVA. La DGT consolida la no sujeción al IVA (y no exención) de determinadas ventas del 100 % de participaciones cuando comportan la transmisión indirecta de una unidad económica autónoma.
Las consultas V1033-26 y V1305-26 incorporan expresamente la doctrina de la STS 308/2026, de 11 de marzo: la venta de todas las participaciones de una filial o de una holding puede acogerse al artículo 7.1.º LIVA si, atendiendo a la realidad económica de la operación, se transmite indirectamente una organización empresarial capaz de funcionar por sus propios medios. La DGT, sin embargo, establece importantes límites para ventas parciales, adquisiciones por varios compradores y transmisiones escalonadas.
 

Auto
ADMINISTRADORES
IS. OPERACIONES VINCULADAS. El Supremo decidirá si la retribución de la persona física representante de una sociedad administradora está sujeta al régimen de operaciones vinculadas.
El Alto Tribunal deberá aclarar el tratamiento fiscal de las retribuciones percibidas por la persona física designada por una sociedad administradora y los criterios para su valoración como operación vinculada.
 

Sentencia
TÍTULO ONEROSO
IVA.REFACTURACIÓN SIN MARGEN. El Tribunal Supremo avala la deducción del IVA en la refacturación sin margen: cobrar a coste no elimina la onerosidad.
El Alto Tribunal considera que la existencia de una contraprestación basta para apreciar onerosidad aunque la refacturación se realice a coste, si bien no fija doctrina jurisprudencial por el allanamiento de la Administración.

Asesoramiento local con alcance internacional

Combinamos la cercanía y personalización con el respaldo de una red internacional presente en más de 60 países. Te ofrecemos soluciones integrales, estrategias de expansión y un equipo de expertos para acompañar el crecimiento de tu empresa, sin importar dónde operes.

  • Presencia en +60 países
  • Soluciones personalizadas
  • Asesoramiento integral
  • Innovación y tecnología